PRESUNCIÓN DE PÉRDIDA DE IMPARCIALIDAD EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL. LA RESTRICCIÓN CONSTITUCIONAL DE CONOCIMIENTO PREVIO PUEDE ACTUALIZARSE EN LA SEGUNDA INSTANCIA.
Texto de la tesis
Del análisis sistemático de los artículos 20, apartado A, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 37, fracción IX y 350 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se advierte la especial protección al principio de imparcialidad en el proceso penal acusatorio y oral, pues disponen categóricamente que el juicio se celebrará ante un Juez que no haya conocido del caso previamente, es decir, que no hubiere actuado como Juez de control en el mismo procedimiento pues, de lo contrario, no podrá fungir como tribunal de enjuiciamiento, lo cual obedece a una presunci...
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