IUSera
Registro digital 2021644 · Jurisprudencia · 10a. Época · XXIV.2o. J/5 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CUARTO CIRCUITO.

AUTO INICIAL DE TRÁMITE DE LA DEMANDA DE AMPARO. CONSTITUYE LA ACTUACIÓN PROCESAL OPORTUNA PARA ANALIZAR SI EL ACTO RECLAMADO ACTUALIZA UNA CAUSA DE IMPROCEDENCIA INSUPERABLE, AL MARGEN DE LA AMPLITUD O NO DE LAS CONSIDERACIONES QUE EXPRESE EL OPERADOR JURÍDICO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En diversos criterios jurisprudenciales, entre los que destacan las tesis 1a./J. 32/2005, 2a./J. 54/2012 (10a.) y 2a./J. 115/2015 (10a.), la Primera y la Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación han establecido que, por regla general, el auto inicial de trámite de la demanda de amparo no es la actuación procesal idónea para efectuar un "análisis profundo", para determinar la improcedencia del juicio. No obstante, cuando la actualización de la causal de improcedencia respectiva se observa de manera manifiesta e indudable, como lo exige el artículo 113 de la Ley de Amparo, a pa...

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