IUSera
Registro digital 2021540 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.C.72 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA. ES IMPROCEDENTE CONTRA EL ACUERDO DEL JUEZ DE DISTRITO QUE DETERMINA NO DESAHOGAR UNA PRUEBA TESTIMONIAL A CARGO DE UN MENOR DE EDAD.

Derechos Humanos Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo, el recurso de queja es improcedente para recurrir un auto pronunciado durante la tramitación de un juicio de amparo indirecto, pues es imprescindible que tenga la particularidad de causar daño trascendental y grave, no reparable en sentencia definitiva. Así, en términos del artículo 75 de la propia ley, en los amparos contra resoluciones jurisdiccionales, el acto reclamado debe ser analizado conforme a las pruebas que tuvo la autoridad responsable al emitir dicho acto; es decir, no es dable admitir en el amparo prue...

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