COSA JUZGADA. LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN ACTUALIZA, EXCEPCIONALMENTE, DICHA INSTITUCIÓN JURÍDICA.
Texto de la tesis
Aun cuando por regla general, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la institución de la cosa juzgada se ubica en la sentencia obtenida de un auténtico proceso judicial, entendido como el seguido con las formalidades esenciales del procedimiento, previstas en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; existen excepciones al respecto, en virtud de que la cosa juzgada no sólo se instituye en el ordenamiento jurídico como resultado de un juicio regular que ha concluido en todas sus instancias, sino también cuando sobreviene una cau...
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