SISTEMA DE ATENCIÓN MÉDICA DE URGENCIAS (SAMU) EN EL ESTADO DE JALISCO. LA OMISIÓN DE ESTABLECER PROTOCOLOS, POLÍTICAS PÚBLICAS Y CONTROLES PARA GARANTIZAR QUE LA COMUNICACIÓN CON EL PERSONAL MÉDICO SEA DESDE EL LUGAR DEL EVENTO, INFRINGE LA LEX ARTIS MÉDICA PARA HERIDOS POR ARMA DE FUEGO, LO QUE PUEDE GENERAR RESPONSABILIDAD CIVIL SUBJETIVA EXTRACONTRACTUAL.
Texto de la tesis
El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se proteja su salud, lo que implica que la atención médica debe ser oportuna e idónea para garantizar al más alto nivel el disfrute de este derecho conforme a las obligaciones suscritas por el Estado Mexicano. Ahora bien, el personal médico, establecimientos e instituciones de salud, que tienen la función social de prestarla, deben atender a los lineamientos de su profesión, caracterizados como la lex artis médica; entendido como las conductas específicas atendiendo a los...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.