IUSera
Registro digital 2021365 · Tesis aislada · 10a. Época · XVI.2o.T.10 L (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.

TRABAJADORES DE CONFIANZA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. CONFORME A LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO, TIENEN DERECHO A LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

En cuanto al tema de estabilidad en el empleo de los trabajadores de confianza al servicio del Estado, el Alto Tribunal ha interpretado la fracción XIV del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el sentido de que sólo tienen derecho a las medidas de protección al salario y a los beneficios del régimen de seguridad social; así se advierte de la jurisprudencia 2a./J. 21/2014 (10a.), de título y subtítulo: "TRABAJADORES DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO. SU FALTA DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO RESULTA COHERENTE CON EL NUEVO MODELO DE CONSTITUCIO...

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