IUSera
Registro digital 2021324 · Tesis aislada · 10a. Época · II.3o.P.69 P (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN HECHO CONSIDERADO COMO DELITO POR RAZÓN DE SEGURIDAD. EL ARTÍCULO 30, PÁRRAFO SEGUNDO, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE MÉXICO ABROGADO QUE LA REGULA, APLICA ENTRE JUECES DE LA PROPIA ENTIDAD FEDERATIVA, POR LO QUE NO PUEDE INVOCARSE PARA FINCÁRSELA A UNO DE DISTINTO ESTADO.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El párrafo segundo del precepto citado establece que atendiendo a las características del hecho atribuido, circunstancias personales del inculpado u otras que impidan el desarrollo adecuado del procedimiento, podrá ser Juez competente, el que corresponda al centro de reclusión que el Ministerio Público o el Juez estime apropiado. De ahí que cuando el acusado es trasladado de la circunscripción territorial del Estado de México donde se consuma un hecho considerado como delito, a diverso de la República Mexicana, no tiene como consecuencia que el Juez de origen pierda la competencia para seguir...

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