NOTIFICACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. SI UN TERCERO SE NIEGA A RECIBIR EL CITATORIO RELATIVO, ELLO NO DA LUGAR A TENERLA POR HECHA EN TÉRMINOS DEL INCISO A), FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, SINO A QUE SE APLIQUE ANALÓGICAMENTE EL DIVERSO INCISO C).
Texto de la tesis
El inciso b) de la fracción y artículo mencionados, establece que si en la diligencia de notificación el actuario no encuentra al interesado o a su representante, debe dejar citatorio en el domicilio con la persona que se encuentre en él, para que, dentro de los dos días hábiles siguientes, acuda al órgano jurisdiccional a notificarse; sin embargo, la ley de la materia no prevé el supuesto en el que el notificador no encuentra al interesado al acudir al domicilio y que al intentar dejar el citatorio con quien esté, dicho tercero se oponga a recibirlo. Por tanto, para dilucidar cómo debe proced...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.