IMPUESTO PREDIAL. EL ARTÍCULO 22, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, AL ESTABLECER LA TARIFA APLICABLE, RESPETA LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE AUTONOMÍA Y AUTOSUFICIENCIA ECONÓMICAS DE LOS MUNICIPIOS.
Texto de la tesis
Al confrontar el artículo 115, fracción IV, incisos a) y c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el artículo 22, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Guadalajara, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2019, se advierte que éste respeta los principios de autonomía y autosuficiencia económicas de los Municipios que aquél prevé, ya que la tarifa del impuesto predial para los inmuebles ubicados en el Municipio señalado que el legislador estableció, fue propuesta por el propio Ayuntamiento, en ejercicio de su libertad para gravar libremente aquellas situacione...
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