IUSera
Registro digital 2021261 · Tesis aislada · 10a. Época · (V Región)5o.32 A (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.

SUPLENCIA DE LA DEFICIENCIA DE LA QUEJA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. OPERA EN FAVOR DEL PENSIONADO QUE RECLAMA LA CORRECTA CUANTIFICACIÓN DE SU PENSIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NAYARIT).

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De los artículos 10 y 37 de la Ley de Justicia y Procedimientos Administrativos del Estado de Nayarit se advierte que la autoridad debe suplir la deficiencia de la queja en los asuntos en los que intervengan menores de edad y sujetos de interdicción; asimismo, que a falta de norma expresa se aplicarán las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los tratados y convenios internacionales, de la legislación administrativa de la entidad y los principios generales del derecho. Por su parte, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos...

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