IUSera
Registro digital 2021216 · Tesis aislada · 10a. Época · II.3o.A.210 A (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

CUERPO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL, BANCARIA Y COMERCIAL DEL VALLE DE CUAUTITLÁN, TEXCOCO. EL CONVENIO NÚMERO 102 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, RELATIVO A LA NORMA MÍNIMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ES APLICABLE A SUS INTEGRANTES, EN MATERIA DE PENSIONES POR JUBILACIÓN Y VEJEZ.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del Ministerio Público, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes; de ahí que en esa porción normativa no existe prohibición expresa para aplicar a los miembros de las instituciones policiales los instrumentos internacionales de los que México es Parte. Por tanto, el Convenio Número 102 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la Norma Mínima de la Segu...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.