CONTRATO DE SEGURO. PARA RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN RESPECTIVA, LA PROPIEDAD DEL VEHÍCULO PUEDE ACREDITARSE CON LA CARTA FACTURA, SIEMPRE Y CUANDO ESE INDICIO SE ENCUENTRE ADMINICULADO CON OTRAS PRUEBAS, AUNQUE TENGAN SIMILAR VALOR INDICIARIO.
Texto de la tesis
El documento idóneo para acreditar la propiedad de un vehículo es la factura, pues en ella se hacen constar tanto la adquisición inicial, así como la cesión de derechos a posteriores adquirentes (endoso). Sin embargo, existen casos en los que no es factible presentar la factura, sino únicamente la "carta factura", es decir, una constancia de compraventa expedida por la parte enajenante del vehículo, a favor del adquirente, cuya vigencia es limitada y suele usarse, mayormente, en las compras a plazos, en que se ha otorgado un crédito directo o en la modalidad de autofinanciamiento, para fines a...
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