RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE AMPARO. PROCEDE CONTRA EL AUTO POR EL CUAL EL JUEZ DE DISTRITO ORDENA A LA AUTORIDAD RECAUDADORA EL COBRO COACTIVO DE LAS MULTAS IMPUESTAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS SEÑALADOS COMO AUTORIDADES RESPONSABLES, POR INCUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA PROTECTORA.
Texto de la tesis
La orden dada por el Juez de Distrito a la autoridad recaudadora, a efecto de que haga efectiva una multa impuesta al servidor público señalado como autoridad responsable por incumplimiento a la sentencia de amparo, genera un agravio no reparable que hace procedente en su contra el recurso de queja previsto en el artículo 97, fracción I, inciso e), de la ley de la materia. Esto encuentra justificación en que, por cuanto hace a los autos dictados después de fallado el juicio de amparo en lo principal, la procedencia del recurso mencionado está determinada por los matices propios que distinguen...
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