PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO MERCANTIL. LOS JUECES DE INSTANCIA, LOCALES O FEDERALES, EN LA EMISIÓN DE SUS FALLOS TIENEN LIBERTAD PARA VALORAR LAS APORTADAS POR LAS PARTES Y LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO QUE CONOZCAN DEL AMPARO DIRECTO EN SU CONTRA, NO ESTÁN FACULTADOS PARA ANALIZAR LA LEGALIDAD DE LAS APRECIACIONES EFECTUADAS POR AQUÉLLOS, COMO SI FUERAN TRIBUNALES DE ALZADA.
Texto de la tesis
La diferencia de jurisdicciones en que actúan los Jueces naturales o de instancia dentro de un procedimiento mercantil y los Tribunales Colegiados de Circuito como órganos jurisdiccionales de amparo, es un elemento trascendental para distinguir el ámbito y extensión de las facultades legales que a cada uno de ellos corresponde ejercer, en la apreciación de los hechos materia de la controversia en el juicio mercantil. Mientras el Juez de la causa, ya sea local o federal, en la emisión de su fallo cuenta con toda libertad para valorar las pruebas que fueron aportadas por las partes, los Tribunal...
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