DERECHOS DE AUTOR. COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO EN EL QUE SE IMPUGNA LA INSCRIPCIÓN DE UNA OBRA EN EL REGISTRO PÚBLICO DEL DERECHO DE AUTOR. CORRESPONDE AL JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, EN VÍA ORDINARIA.
Texto de la tesis
El artículo 214 de la Ley Federal del Derecho de Autor prevé la acción para impugnar una constancia, anotación o inscripción en el Registro Público del Derecho de Autor, en la que el Instituto Nacional del Derecho de Autor deberá tener necesariamente el carácter de parte demandada, de la cual sólo podrán conocer los tribunales federales. En ese sentido, el numeral aludido se ubica en el Título XI, denominado "De los procedimientos", Capítulo I, intitulado "Del Procedimiento ante Autoridades Judiciales", de ahí que al hacer referencia a la expresión "tribunales federales", debe entenderse a los...
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