IUSera
Registro digital 2021117 · Tesis aislada · 10a. Época · I.15o.C.50 C (10a.) · DECIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

PÓLIZA DE SEGURO PARA VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS. AUN CUANDO SE HAYA PACTADO UNA CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN, ÉSTA DEBE TENERSE POR NO PUESTA SI LA ASEGURADORA PRETENDE LIBERARSE DE SU RESPONSABILIDAD CIVIL PORQUE "EL VEHÍCULO CIRCULE CON LAS PUERTAS ABIERTAS".

Financiero y Bancario Transporte y Comunicaciones
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los artículos 145 de la Ley sobre el Contrato de Seguro y 12 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (abrogada), remiten, entre otras disposiciones, a las aplicables a los concesionarios de transporte público de pasajeros obligados a contar con un seguro obligatorio, como la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal (abrogada), de cuyos artículos 42, fracción XII, 67 y 102 se advierte el seguro obligatorio con que deben contar, entre otros, los concesionarios, propietarios y conductores de vehículos de transporte público de pasajeros, el cual debe cubrir...

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