IUSera
Registro digital 2021002 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 148/2019 (10a.) · Segunda Sala

PRUEBA PERICIAL MÉDICA EN EL JUICIO LABORAL. LA JUNTA NO ESTÁ OBLIGADA A DESIGNAR UN PERITO TERCERO EN DISCORDIA ANTE LA PRESUNCIÓN GENERADA A PARTIR DE LA CONTUMACIA DEL TRABAJADOR OFERENTE DE PRESENTARSE ANTE EL ESPECIALISTA DE SU CONTRAPARTE.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De acuerdo con la jurisprudencia 2a./J. 42/2013 (10a.), de rubro: "PRUEBA PERICIAL MÉDICA EN EL JUICIO LABORAL OFRECIDA POR LA PARTE DEMANDADA SOBRE EL ESTADO DE SALUD DEL ACTOR. NO PROCEDE APLICAR MEDIDAS DE APREMIO PARA LOGRAR SU DESAHOGO.", cuando un trabajador ofrezca la prueba pericial médica con la finalidad de acreditar que sufre de alguna enfermedad o padecimiento y, en su desahogo, únicamente acuda ante el perito de su intención, mas no así ante el designado como contraprueba por el demandado, debe generarse, previo apercibimiento, la presunción de ser ciertas las circunstancias que e...

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