IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO ADHESIVO. DE ADVERTIRSE LA ACTUALIZACIÓN DE UNA POSIBLE CAUSA, DEBE DARSE VISTA AL TERCERO INTERESADO, CONFORME AL ARTÍCULO 64, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY DE AMPARO.
Texto de la tesis
En atención al principio de igualdad procesal, el cual se encuentra inmerso en el derecho al debido proceso, reconocido por los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8, numeral 1, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y tomando en cuenta que el artículo 182 de la Ley de Amparo establece que la presentación y trámite del amparo adhesivo se regirán, en lo conducente, por lo dispuesto para el amparo principal, se concluye que, de advertirse la actualización de una posible causa de improcedencia en relación con el juicio de amparo adhesivo promovid...
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