IUSera
Registro digital 2020969 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.109 K (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

IMPEDIMENTO. ES INEXISTENTE SI NO SE ACTUALIZAN LAS CAUSAS PREVISTAS EN LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 51 DE LA LEY DE AMPARO CUANDO EL NOTARIO PÚBLICO QUE INTERVINO EN EL PROCESO, EN SU CARÁCTER DE FEDATARIO, TIENE PARENTESCO CON EL JUZGADOR FEDERAL (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En términos de los artículos 3 y 6 tanto de la Ley del Notariado para el Distrito Federal (abrogada), como de la Ley del Notariado para la Ciudad de México, vigente a partir del 17 de septiembre de 2018, el ejercicio de la función notarial se relaciona con el profesional del derecho que ejerce el oficio jurídico, consistente en que, en virtud de la conformación imparcial de su documentación, en el marco de la equidad y el Estado Constitucional de Derecho, recibe por fuerza legal del Estado, el reconocimiento público y social de los instrumentos que suscribe, para otorgar protección y seguridad...

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