EMPLAZAMIENTO AL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO. DEBE CORRERSE TRASLADO A LA DEMANDADA CON LAS PRUEBAS QUE SE ACOMPAÑARON, ENTRE ELLAS, EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
Texto de la tesis
Del artículo 76, en relación con los diversos 451-A, 451-B y 451-C del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz, deriva que dentro de las formalidades que se deben seguir en la diligencia de emplazamiento en el juicio especial hipotecario, está la relativa a que se debe correr traslado al demandado con las pruebas que se acompañaron, entre las que se encuentran la copia del instrumento público que contiene el contrato de crédito con garantía hipotecaria, por tratarse de un documento que necesariamente debe anexarse al escrito de demanda y que fue el que le permitió al juzgad...
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