IUSera
Registro digital 2020940 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.385 C (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. NO TIENEN ESE CARÁCTER LOS ÁRBITROS PRIVADOS.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los árbitros cuando tienen la facultad de resolver los conflictos jurídicos que las partes someten a su consideración, como emana de un compromiso formado entre particulares, su función es privada, esto es, los actos que emiten derivan del acuerdo de voluntades celebrado entre las partes que da origen al procedimiento arbitral; por tanto, se trata de un arbitraje privado voluntario o contractual, debido a que las partes renunciaron al conocimiento de la controversia por una autoridad judicial para someterse a la decisión de un particular; de ahí que no son funcionarios del Estado ni tienen jur...

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