COMPETENCIA POR TERRITORIO EN MATERIA MERCANTIL. EL ARTÍCULO 1104 DEL CÓDIGO DE COMERCIO QUE PREVÉ LA FORMA DE DETERMINARLA, RESPETA LOS PRINCIPIOS DE SEGURIDAD Y CERTEZA JURÍDICA, AL REGULAR UN SISTEMA IDÓNEO QUE ABARCA A TODOS LOS SUPUESTOS.
Texto de la tesis
El legislador al crear el sistema competencial por territorio en el artículo 1104 del Código de Comercio atendió a un elemento esencial del negocio jurídico celebrado, a saber, la determinación del lugar donde el deudor pueda liberarse de la obligación contraída. Así, cada fracción del precepto reclamado es excluyente de la anterior, pero tienen como eje central la determinación o no del lugar donde deba liberarse el deudor de la obligación: 1. El lugar designado para que el demandado sea requerido judicialmente de pago; 2. Si el anterior no fue señalado, el lugar designado en el contrato para...
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