OFRECIMIENTO DE TRABAJO. EL PROPUESTO CON UN PERIODO INTERMEDIO DE DESCANSO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 63 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, SIN PRECISAR SU INICIO Y FIN, NO CONSTITUYE IMPRECISIÓN DEL MOMENTO DE REPOSO.
Texto de la tesis
El artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo dispone que durante la jornada continua de trabajo se concederá un descanso de media hora, por lo menos. Así, cuando se ofrece el empleo con un periodo intermedio para el fin indicado en dicho precepto, sobre lo cual, el trabajador alega imprecisión del momento de reposo y que ello se traduce en mala fe del patrón, debe ponderarse que acorde con el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, la palabra intermedio significa "Que está entre los extremos de lugar, tiempo, calidad, tamaño, etcétera", en virtud de lo cual, el descanso...
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