IUSera
Registro digital 2020769 · Tesis aislada · 10a. Época · XV.4o.6 L (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

VIOLACIONES PROCESALES EN EL JUICIO LABORAL. ES INNECESARIO QUE EN EL AMPARO DIRECTO SE ORDENE LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO, CUANDO NO SE PRODUJO AFECTACIÓN A LAS DEFENSAS DEL QUEJOSO NI TRASCENDIERON AL RESULTADO DEL LAUDO.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Para que proceda conceder el amparo por violaciones cometidas durante la secuela del procedimiento laboral, es necesario que afecten las defensas del quejoso y trasciendan al resultado del fallo, ya que de otra forma sería ocioso otorgar la protección de la Justicia Federal para que se repare la violación, cuando ésta no pueda producir el efecto de que la responsable esté en posibilidad de cambiar el sentido del laudo. Ello es así, porque si la violación al procedimiento se encuentra en alguna de las fracciones del artículo 172 de la Ley de Amparo, o si se trata de un caso análogo a los que en...

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