IUSera
Registro digital 2020742 · Tesis aislada · 10a. Época · II.2o.P.86 P (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

INTERÉS JURÍDICO O LEGÍTIMO PARA INSTAR EL JUICIO DE AMPARO EN MATERIA PENAL SI SE TRATA DE DELITOS QUE TUTELAN BIENES JURÍDICOS ABSTRACTOS NO INDIVIDUALIZABLES. LA SOLA OSTENTACIÓN DEL QUEJOSO DE MANERA GENÉRICA COMO DENUNCIANTE, CIUDADANO, CONNACIONAL O INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD O DE ALGÚN GRUPO O SECTOR DE ELLA, ES INSUFICIENTE PARA ACREDITARLO.

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si se trata de delitos cuyo bien jurídico tutelado resulta ser de carácter abstracto o de interés público general, como por ejemplo, la salud pública, la debida administración o ejercicio de la función de autoridad, el erario, la ecología o los bienes nacionales, y no se está en algún supuesto de excepción específica en el que la propia descripción del tipo penal permita considerar además la concurrencia de potenciales víctimas u ofendidos, individualizables y concretos, la sola ostentación genérica como denunciante, ciudadano, connacional o integrante de la comunidad o de algún grupo o sector...

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