IUSera
Registro digital 2020723 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.II.A. J/12 A (10a.) · PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO. SU SOLA SUSCRIPCIÓN NO SUPONE LA COORDINACIÓN EN MATERIA DE DERECHOS.

Fiscal y Hacendario Administrativo
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Texto de la tesis

De los artículos 1o., 10 y 13 de la Ley de Coordinación Fiscal, se colige que la adhesión de la entidad federativa al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal tiene como finalidad armonizar el ejercicio de la potestad tributaria entre los órganos legislativos de los diversos órdenes de gobierno para evitar la doble tributación, y otorgar a las entidades participación en la recaudación de gravámenes de carácter federal. Ahora bien, el convenio de colaboración administrativa tiene como objetivo delimitar las facultades de las autoridades en materia de administración tributaria relativas a la ejec...

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