ASESORES JURÍDICOS DE UN AYUNTAMIENTO. TIENEN EL CARÁCTER DE TRABAJADORES DE CONFIANZA DE CONFORMIDAD CON EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 5O. DE LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Y DE SUS MUNICIPIOS.
Texto de la tesis
El asesor jurídico es, en la actualidad y en cuanto empleado de un Ayuntamiento, el profesional del derecho que, en razón de sus conocimientos, se encarga de atender los asuntos del orden jurídico que requieran la atención del órgano para el que labora, los cuales pueden involucrar el manejo de datos de estricta confidencialidad. Ahora, si bien en la fracción V del artículo 5o. de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán de Ocampo y de sus Municipios, no se incluye expresamente al asesor jurídico como trabajador de confianza, lo cierto es que se le debe considerar dentro...
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