IUSera
Registro digital 2020655 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.T.223 L (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

OFRECIMIENTO DE TRABAJO TRATÁNDOSE DE LOS TRABAJADORES DE BUQUES. DADA LA NATURALEZA ESPECIAL DE SUS FUNCIONES, PARA CALIFICAR SI ES O NO DE BUENA FE, DEBE EXAMINARSE EL CONTRATO POR ESCRITO DONDE CONSTEN LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO, PARA VERIFICAR SU LEGALIDAD.

Laboral y Seguridad Social Transporte y Comunicaciones
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con los artículos 194 y 195 de la Ley Federal del Trabajo, que se ubican en el título sexto denominado "Trabajos especiales", capítulo III, que se refiere a "Trabajadores de los buques", se advierte que para ese tipo de trabajadores, dadas sus funciones especiales, las condiciones de trabajo deben especificarse por escrito. En ese tenor, cuando en un juicio el patrón realiza una oferta de trabajo, debe aportar el contrato por escrito donde consten las condiciones generales en que el trabajador desempeñaba sus actividades, para que el tribunal laboral pueda verificar su legalidad...

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