CRÉDITOS OTORGADOS CON BASE EN LA LEY DEL FONDO DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Y SUS MUNICIPIOS. NO PUEDEN MODIFICARSE UNILATERALMENTE SUS TÉRMINOS POR DICHO ORGANISMO (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 22 DE MARZO DE 2011).
Texto de la tesis
Conforme a la Ley del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores de la Educación al Servicio del Estado de Coahuila de Zaragoza y sus Municipios (vigente hasta el 22 de marzo de 2011), dicho organismo no está facultado para modificar unilateralmente los términos de los créditos otorgados con base en ese ordenamiento al celebrarse los contratos relativos con los trabajadores mencionados pues, en todo caso, aquél tiene a su alcance los medios legales para hacer valer la acción que estime pertinente ante la posible afectación a su patrimonio, y así otorgar a los beneficiarios del préstamo el dere...
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