IUSera
Registro digital 2020602 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.X. J/11 L (10a.) · PLENO DEL DECIMO CIRCUITO.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE NULIDAD DE CONVENIO DE LIQUIDACIÓN. LA AUTORIDAD LABORAL PUEDE EXAMINAR SI SE ACTUALIZA ESTA EXCEPCIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 516 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, SIN QUE DEBA ANALIZAR PREVIAMENTE LA EXISTENCIA DE RENUNCIA DE DERECHOS.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Es factible que se analice, en primer lugar, la figura de la prescripción de la acción de nulidad del convenio de liquidación, si no se ejerció dentro del término de un año previsto en el numeral 516 de la Ley Federal del Trabajo, lo que trae como consecuencia la pérdida de ese derecho por no ejercerse oportunamente; esto es, todo aquello que fue materia del convenio está sujeto a la prescripción, ya que el artículo 123 de la Carta Magna nada refiere de la oportunidad para ejercer las acciones respectivas, al no hacer referencia expresa a plazos procesales para hacerlas valer, ni establecer su...

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