IUSera
Registro digital 2020504 · Tesis aislada · 10a. Época · III.5o.A.17 K (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

AMPARO DIRECTO. ES IMPROCEDENTE EL PROMOVIDO POR EL MISMO QUEJOSO, CONTRA LAS MISMAS AUTORIDADES RESPONSABLES Y ACTOS RECLAMADOS QUE UNO ANTERIOR EN EL QUE SE NEGÓ LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL SOLICITADA SIN REALIZAR INTERPRETACIÓN ALGUNA SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE NORMAS GENERALES, AUNQUE LAS VIOLACIONES RECLAMADAS SEAN DIVERSAS, POR CONSTITUIR COSA JUZGADA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De acuerdo con la fracción XI del artículo 61 de la Ley de Amparo, el principio de cosa juzgada, como causa de improcedencia, opera en el juicio de amparo cuando, existiendo una ejecutoria dictada en un juicio constitucional previo, se promueva uno nuevo en el que exista identidad de quejosos, autoridades responsables y actos reclamados, aunque las violaciones reclamadas sean diversas; figura que no sólo se actualiza cuando en la sentencia se haya resuelto sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los actos reclamados, sino también cuando se determine su inatacabilidad a través de...

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