TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. CUANDO LA SOLICITUD DE CESAR LOS EFECTOS DEL NOMBRAMIENTO DE UNO DE BASE SEA DECLARADA IMPROCEDENTE, Y SE ACREDITE QUE ÉSTE FUE SEPARADO DE SU EMPLEO POR DECISIÓN UNILATERAL DE LA ENTIDAD EMPLEADORA PREVIAMENTE A ESA DECLARACIÓN DEL TRIBUNAL COMPETENTE, PROCEDE LA REINSTALACIÓN Y EL PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INDEPENDIENTEMENTE DE QUE NO FUERAN RECLAMADOS EN EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN.
Texto de la tesis
De la interpretación del artículo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado se advierte que ningún trabajador podrá ser cesado sino por justa causa, lo que conlleva que su nombramiento o designación sólo dejará de surtir efectos, sin responsabilidad para los titulares de las dependencias, por resolución firme del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, mediante el procedimiento establecido en el diverso 127 Bis de esa ley. Bajo este contexto, cuando el titular de una dependencia solicita al tribunal aludido el cese del nombramiento de un trabajador de base por haber...
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