TRIBUNAL ELECTORAL DE VERACRUZ. NO ES SUSTITUTO O CAUSAHABIENTE DEL EXTINTO TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, POR LO QUE LOS TRABAJADORES DE ÉSTE CARECEN DE ACCIÓN PARA DEMANDAR, ANTE SU EVENTUAL DESPIDO, SU INCORPORACIÓN A AQUÉL, ATRIBUYÉNDOLE LA CALIDAD DE RESPONSABLE SOLIDARIO.
Texto de la tesis
De las reformas en materia política-electoral a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014; a la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, de 9 de enero de 2015; y a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de 23 de mayo de 2014, se colige que los nuevos órganos jurisdiccionales en materia electoral ya no están adscritos a los poderes judiciales de las entidades federativas; de ahí que no es dable establecer que los trabajadores del exti...
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