IUSera
Registro digital 2020390 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.XXVII. J/18 A (10a.) · PLENO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

TRÁNSITO, TRANSPORTE Y EXPLOTACIÓN DE VÍAS Y CARRETERAS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO. EL ARTÍCULO 31 BIS DE LA LEY DE LA MATERIA (ACTUALMENTE ABROGADA), VULNERA EL DERECHO A LA SEGURIDAD JURÍDICA.

Constitucional y Amparo Transporte y Comunicaciones
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Texto de la tesis

El precepto mencionado vulnera el derecho a la seguridad jurídica reconocido por el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al no establecer expresamente la contratación del servicio público de transporte a través de una "plataforma electrónica", ya que ésta no encuadra dentro de lo que el legislador consideró nuevas tecnologías en la adición del artículo 31 Bis a la Ley de Tránsito, Transporte y Explotación de Vías y Carreteras del Estado de Quintana Roo (actualmente abrogada), mediante decreto publicado en el Periódico Oficial local el 24 de julio de 2015, qu...

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