IUSera
Registro digital 2020377 · Tesis aislada · 10a. Época · I.15o.C.2 C (10a.) · DECIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL MERCANTIL. CUANDO ALGUNA DE LAS CLÁUSULAS DEL CONVENIO RESULTE ILÍCITA, POR NO RESPETAR LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO, DEBE ANULARSE, SIN QUE ELLO IMPLIQUE DEJAR SIN EFECTOS EL RESTO DE LO PACTADO ENTRE LAS PARTES QUE SÍ REÚNA LOS REQUISITOS DE VALIDEZ.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Conforme al artículo 1054 del Código de Comercio, la falta de convenio procedimental en materia mercantil, siempre que la naturaleza del asunto no exija una tramitación especial o una supletoriedad expresa, dará lugar a la sustanciación del juicio ordinario mercantil y, en defecto de sus disposiciones, se aplicará supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles y en caso de que tampoco regule suficientemente la institución cuya supletoriedad se requiera cobrará aplicación la ley de procedimientos local respectiva. Además, ante la ausencia de norma, tendrían aplicación los principio...

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