IUSera
Registro digital 2020214 · Tesis aislada · 10a. Época · XV.4o.4 C (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

RECURSO DE REPOSICIÓN. EL PLAZO GENÉRICO PARA PRESENTARLO ES DE TRES DÍAS COMPUTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).

Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El artículo 671 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado prevé el plazo general de tres días para la interposición del recurso de reposición a que se refiere el diverso numeral 672, el cual se computa desde el día siguiente al en que surta efectos la notificación de la resolución o el acuerdo que se recurre. Ahora bien, dado que este tema involucra el derecho fundamental de acceso a la justicia, y con la finalidad de privilegiar los principios consagrados en beneficio de los gobernados, en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en virtud de qu...

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