IUSera
Registro digital 2020212 · Tesis aislada · 10a. Época · I.15o.C.18 C (10a.) · DECIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA QUIENES IMPARTEN JUSTICIA EN CASOS QUE INVOLUCREN DERECHOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. ES APLICABLE CUANDO EN UN JUICIO SE SOLICITA LA CANCELACIÓN DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA A FAVOR DE UN DISCAPAZ Y EL ACTOR ALEGA QUE ESA PERSONA ES APTA PARA ESTUDIAR Y TRABAJAR, POR LO QUE EL JUEZ, DE OFICIO, DEBE VERIFICAR EL GRADO Y TIPO DE DISCAPACIDAD MEDIANTE LA PRUEBA PERICIAL.

Civil y Familiar Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El citado Protocolo de Actuación emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sugiere que cuando una persona acuda ante un juzgador alegando padecer alguna incapacidad o ésta se sospeche, aquél se encuentra obligado a verificarla, sobre todo, en aquellos casos en que dicha circunstancia sea el objeto principal de la controversia, y se sugiere a las y los Jueces partir de dos hechos: a) Que la persona se auto-identifique como persona con discapacidad, ya sea en su escrito de demanda o de contestación; o, b) Ante la ausencia de un auto-reconocimiento, se tenga la duda fundada acerca de...

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