PECULADO. EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2018, QUE PREVÉ ESTE DELITO, NO TRANSGREDE EL DERECHO DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL EN SU VERTIENTE DE TAXATIVIDAD.
Texto de la tesis
El artículo 14, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de exacta aplicación de la ley en materia penal, al establecer que en los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata. En ese tenor, el artículo 248 del Código Penal del Estado de Guanajuato, en su texto anterior a la reforma publicada en el Periódico Oficial de la entidad el 24 de septiembre de 2018, que prevé el delito de peculado, n...
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