HIDROCARBUROS. EL ARTÍCULO 75 DEL REGLAMENTO DE LA LEY RELATIVA, AL IMPONER UN LÍMITE TEMPORAL PARA EJERCER EL DERECHO DE ACCIÓN DE VALIDACIÓN JUDICIAL DE UN CONTRATO SOBRE USO Y OCUPACIÓN SUPERFICIAL PARA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE AQUÉLLOS, VULNERA EL PRINCIPIO DE RESERVA DE LEY ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
Texto de la tesis
El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga exclusivamente al legislador la facultad para establecer plazos y términos razonables para ejercer el derecho de acción y defensa ante los tribunales, de manera que establece una reserva de ley en ese sentido. Ahora bien, el artículo 105 de la Ley de Hidrocarburos establece un proceso jurisdiccional, por virtud del cual un Juez de Distrito en materia civil o un Tribunal Unitario Agrario en su caso, verifican que el acuerdo alcanzado en materia de uso y ocupación superficial para la exploración y extracción de hid...
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