IUSera
Registro digital 2020136 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.T.171 L (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

RELACIÓN LABORAL. ES INSUFICIENTE PARA ACREDITARLA EL HECHO DE QUE EL DEMANDADO, EN ESCRITURA PÚBLICA, OTORGUE A UNA PERSONA UN PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS PARA ACTUAR COMO SU REPRESENTANTE LEGAL.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El hecho de que el demandado otorgue en escritura pública a una persona poder general para pleitos y cobranzas para actuar como su representante legal es insuficiente, por sí solo, para tener por acreditada la existencia de una relación de trabajo, al no desprenderse del mismo la subordinación, elemento esencial del vínculo laboral, que permite distinguirlo de otras relaciones jurídicas, la cual se traduce, por parte del patrón, en la facultad jurídica de mando correlativa a un deber de obediencia de quien presta su servicio, que obliga al trabajador a desempeñarlo bajo la dirección del emplea...

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