IUSera
Registro digital 2020086 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.V. J/24 A (10a.) · PLENO DEL QUINTO CIRCUITO

PROCEDENCIA DE LA VÍA. SU ESTUDIO OFICIOSO ES INAPLICABLE CUANDO EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE SONORA (ISSSTESON) DEMANDADO, INTERPONE LA EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA POR MATERIA E IMPROCEDENCIA DE LA VÍA Y ÉSTA SE RESUELVE MEDIANTE LA INTERLOCUTORIA RESPECTIVA, SIN QUE LAS PARTES SE HUBIERAN INCONFORMADO AL RESPECTO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

En la jurisprudencia número 1a./J. 25/2005, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "PROCEDENCIA DE LA VÍA. ES UN PRESUPUESTO PROCESAL QUE DEBE ESTUDIARSE DE OFICIO ANTES DE RESOLVER EL FONDO DE LA CUESTIÓN PLANTEADA.", el Máximo Tribunal del país analizó el supuesto en el cual la tramitación de la vía no fue cuestionada por las partes como excepción o mediante la interposición de los recursos ordinarios legalmente procedentes, en cuya hipótesis es factible su estudio oficioso en la sentencia que se pronuncie en el juicio y aun en la apelación; si...

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