PENSIONES COMPENSATORIA RESARCITORIA DE CARÁCTER VITALICIO Y SOLIDARIA. PUEDEN COEXISTIR, AL SER DE NATURALEZA DISTINTA.
Texto de la tesis
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido, reiteradamente, que todo órgano jurisdiccional debe impartir justicia con base en una perspectiva de género, a fin de verificar si existe una situación de violencia o vulnerabilidad que por cuestiones de género, impida impartir justicia de manera completa e igualitaria. Ahora bien, si la cónyuge recibe alimentos por parte de alguno de sus hijos, ello no conlleva la cancelación de una pensión compensatoria, pues son de naturaleza distinta. Así, la obligación de dar alimentos a cargo de los descendientes encuentra su fund...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.