IDENTIDAD DE GÉNERO DE LAS PERSONAS TRANS. SI EL QUEJOSO MANIFIESTA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE SE ASUME A SÍ MISMO COMO TAL, Y SU AFIRMACIÓN SE ENCUENTRA ROBUSTECIDA CON INDICIOS QUE DEMUESTREN ESE ASPECTO, ELLO ES SUFICIENTE PARA TENER POR ACREDITADO SU DICHO, SIN EXIGIR QUE LO COMPRUEBE CON ALGÚN MEDIO PROBATORIO.
Texto de la tesis
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la identidad de género supone la manera en que la persona se asume a sí misma y que comprende la vivencia interna e individual del género como cada persona la siente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento de su nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo y otras expresiones de género como la vestimenta, el modo de hablar y los modales. En este sentido, si en el juicio de amparo el quejoso manifiesta, bajo protesta de decir verdad, ser una persona trans, y esa afirmación además se...
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