ESPECTRO AUTISTA. CUANDO UNA ESCUELA PRIVADA QUE PRESTA EL SERVICIO DE EDUCACIÓN BÁSICA LIMITA, EXCLUYE O SEGREGA UNILATERALMENTE A UN MENOR DE EDAD DEL HORARIO GENERAL DE LA COMUNIDAD ESCOLAR POR ESA CONDICIÓN Y EXIGE PARA SU PERMANENCIA UN ASISTENTE ACADÉMICO CON CIERTAS CARACTERÍSTICAS, TRANSGREDE SUS DERECHOS FUNDAMENTALES A LA EDUCACIÓN INCLUSIVA Y A LA NO DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE DISCAPACIDAD.
Texto de la tesis
Cuando una escuela privada que imparte educación básica con autorización del Estado limita, excluye o segrega unilateralmente a un menor de edad del horario general de la comunidad escolar por su condición con espectro autista y condiciona su permanencia a la asignación de un asistente académico externo denominado "sombra" o "monitor" que acompañe al menor dentro del colegio, exigiendo sin justificación fundada ciertas características físicas para éste, transgrede sus derechos fundamentales a la educación inclusiva y a la no discriminación, reconocidos y protegidos por los artículos 1o. y 3o....
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