DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL DE LAS MUJERES TRANS EN CENTROS DE RECLUSIÓN. MEDIDAS QUE DEBEN TOMARSE PARA PREVENIR SU VULNERACIÓN.
Texto de la tesis
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que el artículo 5, numeral 2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos reconoce que las personas privadas de su libertad deben ser tratadas con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano, por lo que existe una prohibición imperativa, que pertenece al dominio del ius cogens, de recurrir a la práctica de la tortura o a infligir tratos crueles, inhumanos o degradantes en su perjuicio. Adicionalmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha notado que las mujeres trans se encuentran en un riesgo mayor de sufri...
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