DERECHO A LA INTEGRIDAD DE UNA PERSONA PRIVADA DE SU LIBERTAD EN UN CENTRO DE RECLUSIÓN. SI SE RECLAMA EN AMPARO INDIRECTO LA VIOLACIÓN A AQUÉL, POR PRESENTAR EL QUEJOSO LESIONES EN SU CUERPO, NO OBSTANTE QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE SOSTENGA SU INEXISTENCIA, CORRESPONDE A ÉSTA PROPORCIONAR UNA EXPLICACIÓN SATISFACTORIA Y CONVINCENTE DE ESA SITUACIÓN.
Texto de la tesis
Cuando la autoridad responsable sostenga la inexistencia del acto reclamado consistente en la violación al derecho a la integridad personal de una persona privada de su libertad en un centro de reclusión, y de autos se advierta que el quejoso presenta lesiones en su cuerpo, corresponde a aquélla proporcionar una explicación satisfactoria y convincente sobre esa situación para desvirtuar las alegaciones sobre su responsabilidad, mediante elementos probatorios adecuados, para que, con esa información, se determine sobre la existencia del acto reclamado. Lo anterior tiene su justificación en el h...
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