SUSPENSIÓN PROVISIONAL. PROCEDE CONCEDERLA CON EFECTOS RESTITUTORIOS RESPECTO DE LA OMISIÓN DE LA JUNTA DE PROVEER SOBRE LAS MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS EN LA DEMANDA POR UNA TRABAJADORA EMBARAZADA DESPEDIDA, PARA QUE SE LE OTORGUE EL SERVICIO DE SEGURIDAD SOCIAL.
Texto de la tesis
Cuando una trabajadora promueve amparo indirecto contra la omisión señalada y afirma haber sido despedida de su empleo por encontrarse embarazada y que como consecuencia de ello se le dio de baja en el seguro social, procede conceder la suspensión provisional a fin de restablecer provisionalmente a la quejosa en el goce de los derechos que dice fueron violados, en términos del artículo 147, en relación con el 138, ambos de la Ley de Amparo, considerando la figura de la apariencia del buen derecho, donde se encuentra inmersa la noción del peligro en la demora, pues ante la circunstancia de su e...
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