IUSera
Registro digital 2019931 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVI.2 C (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SEXTO CIRCUITO.

USURA. PROCEDE SU ESTUDIO EN ASUNTOS DE ÍNDOLE CIVIL, CUANDO SE ADVIERTA LA EXISTENCIA DE ESA FIGURA.

Civil y Familiar Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los Jueces de instancia o, en su caso, los tribunales de alzada, a la luz de los parámetros objetivos y subjetivos establecidos deben analizar, oficiosamente, si los intereses pactados por los contratantes constituyen o no usura y reducir prudencialmente la tasa de interés pactada. Ahora bien, esto no puede limitarse sólo para los actos de carácter mercantil, sino que su estudio también procede en cualquier asunto de índole civil donde se advierta la existencia de esta figura. En el entendido de que la autoridad, al realizar el estudio en el ámbito de su competencia, lo hará con libertad de ju...

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