IUSera
Registro digital 2019886 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.211 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

RECIBOS O COMPROBANTES DE PAGO DE UNA PENSIÓN JUBILATORIA. SU IMPRESIÓN OBTENIDA DE LA PÁGINA OFICIAL DE INTERNET DE LA INSTITUCIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL GOZA DE UN ALTO VALOR PROBATORIO QUE, NO OBSTANTE, ADMITE PRUEBA EN CONTRARIO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De acuerdo con el artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles, a la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos o tecnológicos se le dará valor probatorio dependiendo, entre otros factores, de la fiabilidad del método en que se hubiera generado, comunicado, recibido o, en su caso, almacenado, esto es, no es posible valorar un documento obtenido de un sitio web, como si se tratara de una copia simple. Por su parte, las distintas páginas de Internet oficiales ofrecen cierta garantía de la veracidad de la información que alojan, en tanto que, además de esta...

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