PRINCIPIO DE INMEDIATEZ EN MATERIA PENAL. SI BIEN EL VALOR PROBATORIO DE LA PRIMERA DECLARACIÓN DE LOS TESTIGOS NO ES ABSOLUTO, ÉSTA MERECE MAYOR VALOR CUANDO LAS POSTERIORES CONTIENEN DATOS RELEVANTES QUE NO SE REFIRIERON EN LAS PRIMERAS.
Texto de la tesis
En relación con la valoración de testigos en materia penal, en la tesis aislada 1a. CCLXXXVIII/2013 (10a.), de título y subtítulo: "PRUEBA TESTIMONIAL. EL PRINCIPIO DE INMEDIATEZ ES APLICABLE SIN IMPORTAR LA CATEGORÍA EN LA CUAL SE PRETENDA CLASIFICAR AL TESTIGO.", la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció la posibilidad de que existan diversas declaraciones de un mismo deponente durante las diversas etapas del proceso penal mixto inquisitivo y señala que en ese caso, deben tomarse en consideración las reglas de la lógica, en relación con las condiciones en que se...
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